Los ‘sin papeles’ pagarán un 40% de los fármacos

Fecha: 20-08-2018 - Categoría: Salud


Hace unas semanas el Ministerio de Sanidad remitió a las autonomías el borrador del decreto por el que se pretendía universalizar la sanidad y en el que se preveía establecer un copago del 40 por ciento sin límite mensual a los inmigrantes sin papeles y que además quería regular por separado su acceso a la lista de espera de trasplantes.

Hemos de recordar que unos 280.000 inmigrantes en situación irregular ya se vieron afectados por la reforma sanitaria de 2012.

Los condicionantes establecidos son los siguientes:

No tener la obligación de acreditar la cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía en virtud de lo dispuesto en el derecho de la Unión Europea, los convenios bilaterales y demás normativa aplicable.
No poder exportar el derecho de cobertura sanitaria desde su país de origen o procedencia
No existir un tercero obligado al pago.

No se va a exigir, en principio, un padrón previo a la norma para poder acceder a esta situación tal y como parece que previamente se pensaba aunque sí que quedarán excluidas las personas pertenecientes a países con los que España tiene establecidos convenios sanitarios, excepto que acrediten que no pueden exportar el citado derecho.

Finalmente, serán las autonomías las que deberán expedir “un documento justificativo” que  acredite el derecho de los extranjeros a esta prestación, por lo que la tarjeta sanitaria podría no ser la misma que la de los residentes legales y en cuanto a los trasplantes, está previsto que se articule una orden ministerial que regule su acceso al sistema.

Una vez el Consejo de Ministros ha aprobado dicha norma la ministra de Sanidad, Carmen Montón, ha manifestado que  “El decreto no supondrá un sobrecoste económico; al contrario, contribuirá a la sostenibilidad”, ha defendido.

La ministra ha añadido que, más allá de cambios normativos, lo esencial es que la ley “acabará con inequidades y desigualdades y contribuirá a mejorar la salud individual de colectivos antes excluidos, y la salud colectiva de la población general”.

La norma reconoce como titulares del derecho a la protección de la salud y la atención sanitaria a las personas con nacionalidad española y las personas extranjeras que tengan residencia en España. También a aquellas personas que no teniendo su residencia habitual en territorio español tienen reconocido su derecho a la asistencia sanitaria en España por cualquier otro título jurídico, como por ejemplo son los pensionistas españoles que no residen en España, los trabajadores desplazados o los trabajadores transfronterizos.

Los colectivos no registrados ni autorizados como residentes en España tendrán derecho a la protección de la salud “en las mismas condiciones que las personas con nacionalidad española”.

La reflexión que proponemos desde la CUS, Salud, Consumo y Alimentación es que si estas personas, en su gran mayoría, no tiene un contrato de trabajo precisamente porque al no tener papeles su situación es irregular ¿cómo podrán pagar el 40 % de los medicamentos si no disponen de ingresos?. Existe el riesgo de que no se tomen los medicamentos prescritos y de esta forma determinadas situaciones no deseadas puedan extenderse a otros colectivos en cuanto a la salud se refiere.