Los bancos obligados a devolver de oficio el dinero cobrado por las cláusulas suelo

Fecha: 22-12-2016 - Categoría: Consumo

Las cláusulas suelo estaban incluidas en muchas de las hipotecas a tipo de interés variable que fueron firmadas durante los años de la burbuja en España. Estas disposiciones fijan un tope por debajo del cual los intereses a pagar no pueden reducirse, pese a que el euríbor —el índice de referencia de la mayoría de hipotecas— se sitúe por debajo de este nivel. Los afectados veían como la letra se encarecía cuando el euríbor subía, pero no podían beneficiarse del todo de las bajadas.

El Tribunal Supremo declaró el 9 de mayo del 2013 que estas cláusulas eran abusivas ya que los consumidores no habían estado debidamente informados de las implicaciones que tenían. Aun así, alegando razones de estabilidad financiera, decidió limitar en el tiempo los efectos de esta declaración, de manera que los bancos  tenían que devolver a sus clientes las cantidades cobradas de más a partir de la fecha en que se dictó sentencia.

Ahora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) obliga a la banca española a devolver todo lo cobrado por las cláusulas suelo abusivas desde 2009, cuando los índices hipotecarios empezaron a bajar, y no desde 2013 como había dictado anteriormente el Tribunal Supremo.
Esta resolución del TUE restablece así una situación de justicia para los consumidores afectados por una cláusula abiertamente abusiva  que ha lesionado sus derechos y su economía.

Aquellos ciudadanos que deseen información al respecto deben acudir a su asociación de consumidores para ser informados de si su hipoteca contiene cláusula suelo y en caso necesario sobre cómo actuar para recuperar lo que le hayan podido cobrar indebidamente.

Puntualmente os mantendremos informados de las novedades que aparezcan sobre este tema.