Las diez claves de los créditos al consumo

Fecha: 17-10-2013 - Categoría: Consumo


Durante la jornada de hoy, el comisario europeo de Consumo, Neven Mimica, visita nuestro país con la finalidad de presentar una campaña sobre los créditos al consumo junto a la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato. La Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU), que estará presente en ese acto, también acudirá al almuerzo posterior en el que las asociaciones de consumidores españolas tendrán la oportunidad de dialogar con el comisario.

Incidiendo en el tema objetivo de la presentación, CECU quiere recordar a los usuarios las diez ideas y recomendaciones principales que envuelven a este tipo de créditos:

1. ¿Qué es un crédito al consumo? Supone conceder a un consumidor un crédito bajo la forma de pago aplazado, préstamo, apertura de crédito o cualquier medio equivalente de financiación. Bajo este nombre no se incluyen los préstamos hipotecarios ni los inferiores a 200 euros.
2. Este tipo de créditos son principalmente solicitados por consumidores para afrontar la compra de productos o la contratación servicios, como, por ejemplo, la adquisición de electrodomésticos, un coche, la contratación de un viaje…
3. Antes de suscribir un crédito al consumo es muy importante solicitar las condiciones a varias entidades y compararlas, con la finalidad de acceder a la que mejor se ajuste a nuestras necesidades.
4. Es muy importante contar con toda la información previa necesaria. Esta debe incluir: la identificación completa del prestamista, el tipo de crédito al que estamos accediendo y el importe total del mismo, la duración del contrato, la forma de pago y la periodicidad de los mismos, el tipo de interés que se aplica y la Tasa Anual Equivalente, que expresa el coste total del crédito para el consumidor en forma de porcentaje anual del importe total concedido.
5. Es fundamental conservar toda la documentación y la publicidad a la que hayamos tenido acceso en relación con nuestro crédito pues, de llevarse a cabo la operación, tendrá carácter contractual y, por tanto, podrá exigirse su cumplimiento.
6. Una vez tomada la decisión, habrá que suscribir un contrato. En este sentido, antes de la firma es recomendable acudir con una copia a su asociación de consumidores para que le asesoren sobre el contenido o, al menos, ser asesorado sobre los aspectos más importantes que debe tener en cuenta antes de firmar. El contenido del contrato tiene que incluir todo lo mencionado en la información previa, además de los datos del consumidor que suscribe el préstamo y otros adicionales como las condiciones de amortización, posibles recargos o gastos, comisiones, los intereses de demora en caso de impago… No firme ningún documento sin entenderlo previamente.
7. Hay que recordar que existe la posibilidad de desistir del contrato, cancelarlo unilateralmente, una vez firmado. Si un consumidor quiere desistir de un contrato de este tipo debe comunicarlo de forma fehaciente a la entidad bancaria en un plazo máximo de catorce días naturales contados desde la firma. Este derecho puede ejercerse sin tener que explicar ningún motivo ni tener ninguna penalización.
8. También hay que tener en cuenta que si se está registrado en algún fichero de impagados puede que se le restrinja el acceso a este tipo de productos. Infórmese en su asociación para saber cómo salir de estos listados o si considera que su inclusión en ellos se ha hecho de forma irregular.
9. Es importante reflexionar sobre la necesidad de la compra y del endeudamiento que va a conllevar. Evitar el sobreendeudamiento personal y/o familiar es imprescindible.
10. Los problemas más habituales derivados de este tipo de contratos normalmente tienen que ver con la falta de información previa a la contratación, la complejidad de las Condiciones Generales de Contratación, el desconocimiento de las obligaciones y derechos que el consumidor contrae con la firma de este tipo de contratos y la publicidad en ocasiones agresiva y masiva que incita a la contratación fácil y no reflexiva de estos productos.

Área de Comunicación CECU