TINTORERIAS



Los servicios que nos ofrecen estos establecimientos son:

- Limpieza textil
- Lavado textil
- Trabajos de tintura
- Limpia de cuero y piel.

Los precios de estos servicios son libres y se tienen que anunciar en un cartel situado en el interior del establecimiento que sea de fácil lectura y escrito al menos en catalán.
Los precios expuestos indicarán el precio total que el cliente tiene que satisfacer, impuestos incluidos.
En el caso de limpieza de alfombras y moquetas, se tiene que indicar por unidades de metro cuadrado.
En este letrero también se tiene que anunciar el precio de los posibles recargos que la empresa pueda fijar en concepto de almacenamiento por demora del cliente en la recogida de las piezas, indicando siempre en este caso, el plazo a partir del cual se entiende producida la demora, que no puede ser inferior a 3 meses a partir de la fecha fijada como acabamiento del servicio y que consta en el resguardo de depósito de la/las piezas.
Sólo se puede exigir el pago avanzado del servicio total o parcial, con el consentimiento expreso del cliente.

Si la limpieza de una pieza ha sido defectuosa, se puede exigir en el momento de la entrega, que la vuelvan a realizar sin ningún cargo.

El establecimiento, en el momento de dejar la pieza, tiene que entregar al cliente, un resguardo de depósito redactado al menos en catalán, donde constarán todos los datos obligatorios de la empresa y el nombre, la dirección y el teléfono del cliente.
También constará el número de piezas entregadas y el tipo y características, así como el tipo de servicio a realizar para cada pieza, su precio y el precio total.
Si no se especifica qué servicio se hará, la empresa se verá obligada a cobrar la tarifa más sencilla.
Si el establecimiento pone objeciones respeto el estado o condiciones de la pieza que se le entregue, estas se tendrán que detallar en el resguardo que se mujer al cliente.

La presentación del resguardo de depósito se obligatoria en el momento de recoger las piezas. Si se pierde, se podrán recoger con el DNI del cliente, quién tiene que firmar la copia en poder del establecimiento conforme ha recibido las piezas.


Volver a Ámbitos de actuación